escudo2.gif (2395 bytes) BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE                                                        MADRID


Rango: Ley
Fecha de disposición:
20 de abril de 1988
Fecha de publicación:
26/4/1988
Número de boletín:
98
Órgano emisor:
Asamblea de Madrid
Título:
Ley 2/1988, de 20 de abril, que modifica determinados preceptos de la Ley 23 de enero 1985, de creación del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares*


Ley 2/1988, de 20 de abril, que modifica determinados preceptos de la Ley 23 de enero 1985, de creación del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares*

(*) Rectificada con arreglo al B.O. 5 mayo, núm. 106

La presente Ley tiene su origen en la Resolución número 35 (11) del Pleno de la Asamblea, aprobada en su reunión del día 16 de diciembre de 1987, por la que se instó al Consejo de Gobierno a que remitiese un Proyecto de Lev modificando los artículos 7 y 8.2 de la Ley 1/1985. de 23 de enero (R. 289), del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, a fin de que dicho Patronato dependa de la Consejería competente en materia de Espacios Naturales Protegidos, y que su presidencia corresponda al titular del mismo departamento.

Artículo único.

Los artículos 7 y 8.2 de la Ley 1/1985 de 23 de enero, del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, quedan redactados de la siguiente forma:

«Articulo 7. Naturaleza.

Se crea como órgano de carácter consultivo adscrlto a la Consejería competente en materla de Evpacios Naturales Protegidos, el Patronato del Parque Regional de la Cuenca Alta del Manzanares, que deberá colaboral- con dicha Consejeria en la aplicación de la presenze Ley, prestándole el asesoramiento necesario.

Artículo 8.

2. Será el Presidente del Patronato el titular de la Consejer¿a a la que esté adscrito el mismo.»

DISPOSICION TRANSITORIA

Hasta tanto no se modifique, de conformidad con el artículo 19.3 de la Ley de Gobierno y Administración (R. 1983, 2163), el número, la denominación o competencias actuales de las Consejerías, el Patronato de la Cuenca Alta del Manzanares queda adscrito a la Consejería de Presidencia. como Consejería actualmente competente en materia de Espacios Naturales Protegidos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Quedan derogadas cuantas normas se opongan a la presente Ley.