DIARIO OFICIAL DE LA GENERALITAT VALENCIANA
Rango: Decreto
Fecha de disposición: 7 de marzo de 1995
Fecha de publicación: 16/3/1995
Número de boletín: 2471
Órgano emisor: Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación
Título: Decreto 39/1995, de 7 de marzo, del Gobierno
Valenciano, por el que se clasifican de interés general determinadas obras y se aprueba
el Plan de Obras de la Zona de Arrozales de Valencia, primera fase.
Decreto 39/1995, de 7 de marzo, del Gobierno Valenciano, por el que se clasifican de interés general determinadas obras y se aprueba el Plan de Obras de la Zona de Arrozales de Valencia, primera fase.
El Decreto 151/1990, de 17 de septiembre, del Gobierno
Valenciano, establece que será de aplicación en todo el territorio de la Comunidad
Valenciana, por estar clasificada como objetivo número 1 en el Reglamento CEE 2052/1988,
del Consejo, lo regulado en la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario en materia de obras y
mejoras territoriales.
El Decreto 169/1991, de 30 de septiembre, también del Gobierno Valenciano, clasificó
como de interés general determinadas obras a ejecutar por la Conselleria de Agricultura,
Pesca y Alimentación en las zonas desfavorecidas de la Comunidad Valenciana determinadas
por distintas directivas comunitarias.
El Decreto 13/1995, de 10 de enero, del Gobierno Valenciano, vino a aprobar el Plan
Director de Modernización del Regadío de la Comunidad Valenciana.
La consecución de los objetivos fijados por el citado plan y, principalmente, de los que
se refieren a la optimización en el uso de los recursos hídricos disponibles y al
establecimiento de una estrategia de defensa para períodos de sequía, aconsejan que la
clasificación de obras de interés general que se efectúa en los citados decretos se
extienda a todas las obras e instalaciones básicas que se realicen sobre las redes
principales de riego.
Por otra parte, la Dirección Territorial de la Conselleria de Agricultura, Pesca y
Alimentación en Valencia ha elaborado una propuesta de plan de obras que recoge, en una
primera fase, aquellas actuaciones concretas a realizar en la zona de arrozales de
Valencia, cuya necesidad se ha hecho patente en el seno de las entidades de riego, pueden
ser objeto de un proyecto de obras en breve plazo de tiempo y posibilitan la
reutilización de los recursos hídricos de la zona, la disminución de pérdidas de agua
debidas al mal estado de las acequias y una mejor distribución del recurso mediante la
conexión entre acequias.
En su virtud, a propuesta del Conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación y previa
deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 7 de marzo de 1995,
DISPONGO:
Artículo primero
En los planes de obras aprobados por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación,
se podrán clasificar como de interés general todas aquellas obras e instalaciones
básicas realizadas sobre las redes principales de riego, incluída su automatización.
Artículo segundo
Queda aprobado el Plan de Obras de la Zona de Arrozales de Valencia, primera fase.
Artículo tercero
De acuerdo con lo previsto en el artículo 1 del presente Decreto, las obras e
instalaciones necesarias para el aprovechamiento en los regadíos de las aguas depuradas o
de las escorrentías del arrozal, las acequias de enlace entre acequias principales de
riego y las instalaciones de bombeo para redotar las acequias principales de riego, se
clasifican como obras de interés general en el grupo a) del artículo 61 de la Ley de
Reforma y Desarrollo Agrario, por lo que serán sufragadas íntegramente por la
Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Se faculta al conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las
disposiciones precisas para el desarrollo y ejecución del presente decreto.
Segunda
El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari
Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 7 de marzo de 1995
El presidente de la Generalitat Valenciana,
JOAN LERMA I BLASCO
El conseller de Agricultura, Pesca y Alimentación,
JOSÉ MARíA COLL COMIN