(4740 bytes)        Boletín Oficial de Castilla-La Mancha


Rango: Resolución
Fecha de disposición:
19 de julio de 1995
Fecha de publicación:
11 de agosto de 1995
Número de boletín:
41
Órgano emisor:
Consejería de Agricultura y Medio Ambiente
Título:
Resolución de 19 de Julio de 1.995 de la Delegación Provincial de Agricultura y Medio Ambiente en Ciudad Real por la que se prohibe temporalmente la pesca en la Laguna Cenagosa del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera.


Resolución de 19 de Julio de 1.995 de la Delegación Provincia¡ de Agricultura y Medio Ambiente en Ciudad Real por la que se prohibe temporalmente la pesca en la Laguna Cenagosa del Parque Natural de las Lagunas de Ruidera.

El día 5 de junio de 1.995 se produjo un incendio que destruyó unas 4 Ha. del carrizal que rodea la laguna Cenagosa. Posteriormente, la afluencia de pescadores está siendo demasiado intensa como para permitir que el carrizo se regenere adecuadamente debido al pisoteo.

Ante estas circunstancias, considerando prioritaria la protección y restauración del medio ambiente respecto al ejercicio de la pesca, máxime tratándose de un Espacio Natural Protegido, y en aplicación del 20 párrafo del artículo 35 del vigente Reglamento de la Ley de Pesca de Castilla- La Mancha, esta Delegación Provincial HA RESUELTO:

La Prohibición de la pesca en la laguna Cenagosa, del Parque Natural de Las Lagunas de Ruidera, durante el presente año 1.995.

La medida se aplicará al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha.

Ciudad Real, 19 de Julio de 1.995

La Delegada Provincial

EMILIA PIEDRABUENA LEON