Boletín Oficial de Castilla-La Mancha
Rango: Orden
Fecha de disposición: 5 de julio 1994
Fecha de publicación: 29/7/1994
Número de boletín: 37
Órgano emisor: Consejería de Agricultura y Medio Ambiente
Título: Orden de la Consejería de Agricultura y Medio
Ambiente, de fecha 5 de Julio de 1.994, por la que se aprueba el Plan de Obras y Mejoras
Territoriales para la mejora del regadío de la zona de Agra (Hellín-Albacete).
En base a ta ¡demanda, la Delegación Provincia¡ de Agricultura y Medio Ambiente de Albacete, en orden al cumplimiento de lo establecido en el artículo 82 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario de 12 de Enero de 1.973, ha redactado el preceptivo Plan de Obras y Mejoras Territoriales, que contempla actuaciones que pueden ejecutarse y financiarse por esta Consejería de acuerdo con la normativa establecida en dicho texto legal, en virtud de la Directiva 86/466/CE, de 14 de julio (D.O.C.E. de 24 de Septiembre de 1.986), que cataloga como desfavorecida la Comarca, de Hellín, y del Real Decretos 87111.987, de 5 de Junio (B.O.E. de 3 de Julio de 1.987), sobre actuaciones en materia de obras y mejoras en zonas desfavorecidas.
Revisado dicho Plan, se considera que las, obras incluídas son adecuadas, a las características generales de la zona y acordes con los actua les criterios de programación de inversiones.
En su virtud, esta Consejería ha tenido a bien disponer:
PRIMERO.- Aprobar el Plan de Obras y Mejoras Territoriales para la mejora del regadío de la zona de Agra, término municipal de Hellín provincia de Albacete.
SEGUNDO.- Las obras contenidas en dicho Plan son las seguidamente relacionadas, correspondiéndoles, conforme a los artículos 61 y siguientes de la citada Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, la clasificación y el sistema de financiación que se expresan.
A.- Obra de interés general, grupo a), que serán sufragadas íntegramente con cargó a los presupuestos de la Administración:
- Acondicionamiento y mejora de la red de caminos.
- Construcción de una balsa de regulación para las aguas procedentes de la fuente de la Pioja, así como la tubería de enlace entre ambas.
- Tuberia de enlace de la fuente del Prado con la red primaria de distribución.
8.- Obras complementadas, grupo d), sufragadas mediante una subvención del 40% de su importe y un anticipo reintegrable del 60% restante, en un plazo de 10 años con un interés anual del 4%:
- Red primaria de distribución de agua hasta las parcelas o hasta las conducciones de agua existentes.
TERCERO.- El correspondiente Proyecto deberá ser redactado y remítido en un plazo máximo que expira el 15 de septiembre de 1.994.
CUARTO.- La Dirección General de Comercialización Agraria dictará las normas pertinentes para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Orden.
Toledo, 5 de Julio de 1.994
El Consejero de Agricultura y Medio Ambiente
FERNANDO LOPEZ CARRASCO