REGIONAL CASTILLA-LAMANCHA
AGT Recepción: 19:31
EUROPA PRESS Pág.   Miercoles, 02/04/2003

Autor:
 
       
 
CASTILLA LA MANCHA .- Las disponibilidades hidráulicas de los embalses de la zona oriental permiten garantizar el abastecimiento, según la CHG 
 
     
     
 

[4138 Caracteres]
Las disponibilidades hidráulicas actuales en el conjunto de embalses de la zona oriental permiten garantizar el abastecimiento a poblaciones y riegos desde los embalses afectos a la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG), según se informó ayer en la Comisión de Desembalse Plenaria de la Confederación, celebrada en Badajoz.
En cualquier caso, la Comisión acordó, con caracter general, autorizar los desembalses precisos que aseguren las adecuadas condiciones medioambientales acordes con los objetivos fijados en el Plan Hidrológico, según informó la CHG en un comunicado de prensa.
Entre los acuerdos, la Comisión anunció que el embalse de Montijo, permanecerá fuera de servicio durante seis meses, que abarcarán desde el 1 de octubre de este año hasta el 1 de abril de 2004, para posiblitar la ejecución de las obras de los proyectos de regulación de los canales de Montijo y Lobón.
Asimismo, aprobó asimismo reservar todas las posibles aportaciones que se traduzcan en los embalses desde ayer, siempre que no se sobrepasen los niveles de seguridad de las presas, con el criterio de priorizar las máximas garantías de suministro.
Se autorizaron también los desembalses precisos para alcanzar las cotas y los volúmenes de agua de los márgenes de seguridad que correspondan y que permiten la laminación de avenidas, conforme a las directrices del Plan Hidrológico y a la normativa vigente y garanticen la seguridad de la estructura.
La Comisión se ha comprometido además a mantener los niveles mínimos en los embalses que aseguren las adecuadas condiciones medioambientales acordes con los objetivos fijados en el Plan Hidrológico y a autorizar la realización de desembalses internos en los diversos sistemas, conforme a las necesidades.
Se ha autorizado el turbinado de los volúmenes excedentes en los embalses de abastecimiento a poblaciones e industrias, siempre que se garantice un período mínimo de tres años para dichos suministros al final del año hidrológico, compatibilizando dichos turbinados con los caudales a suministrar a los usuarios de riegos ubicados aguas abajo de dichas presas.
También se aprobó la captación de agua de los recursos subterráneos almacenados en los acuíferos de acuerdo con las condiciones y limitaciones establecidas en los acuíferos de acuerdo con las condiciones y limitaciones establecidas en las correspondientes concesiones, autorizaciones o reconocimientos de derecho de acuerdo con la Ley de Aguas, salvo las situadas en el interior de los perímetros de acuíferos que cuenten con régimen de explotación aprobado las cuales se regirán por las disposiciones que les afecten.
En las zonas Oriental y Occidental los desembalses precisos para riegos comenzarán cuando determinen las Comunidades de Regantes con los Servicios de Explotación en forma coordinada, y terminarán antes del día 1 de octubre. La fecha de terminación podrá modificarse por el Comité Permanente si las condiciones meteorológicas así lo aconsejaran.
En las presas que se encuentren en la actualidad en diversas fases de construcción o primer llenado, los niveles y resguardos de seguridad se adaptarán a las necesidades y desarrollo de las obras y de las condiciones de seguridad precisas.
ZONA ORIENTAL.
Respecto a los embalses de la zona oriental se acordó, para atender el abastecimiento a las poblaciones, el desembalse de 4 hectómetros cúbicos desde la presa de Peñarroya, 1 hectómetro cúbico desde la de Puerto de Vallerhermoso, 5,5 desde la de Gasset, 2 desde la presa de Torre de Abraham, 2 desde la de La Cabezuela y 2,2 desde la de Vega del Jabalón.
Para atender las necesidades de riegos, se autorizaron los desembalses de 24 hectómetros cúbicos desde la presa de Peñarroya, 2 desde la de Gasset, 6 hectómetros desde la de El Vicario y 33 desde la de Torre de Abraham.
Asimismo, se acordó fijar, en aplicación del artículo 6 del Plan de Ordenación del Acuífero de la Mancha Occidental, para el régimen de explotación del año 2002/2003, los volúmenes de agua para regadíos y abastecimiento que se recojan en el Plan de Extracción y resulten aprobados por la Junta de Gobierno.