REGIONAL MURCIA
AGT Recepción: 10:50
Europa Press Pág.   Martes, 11/02/2003

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MURCIA .- Ayuntamiento de Puerto Lumbreras piden a Sogesur que no cobre el canon de saneamiento por no haberse hecho la depuradora 
 
     
     
 

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El Pleno del Ayuntamiento de Puerto Lumbreras aprobó con los votos a favor de PSOE e IU una moción en la que se ordena a la concesionaria del servicio de abastecimiento de agua potable, Sogesur, que no cobre y excluya del recibo el canon de saneamiento "sin haber construido aún la nueva depuradora".
En la moción, que fue rechazada por el PP, se señala que desde el 1 de julio de 2002, la Comunidad Autónoma de Murcia está cobrando el nuevo impuesto a todos los vecinos de Puerto Lumbreras, denominado canon de saneamiento, con el que se les "exige a todos los ciudadanos que dispongan de alcantarillado".
Además, recordó que el Consistorio ha puesto un recurso judicial para suprimir el impuesto del PP "sin haber construido aún la nueva depuradora", y añadió que la Comunidad Autónoma "cobra este impuesto a través del recibo del agua, causando su subida, por lo que quiere responsabilizar de ello al Ayuntamiento".
El texto también critica que "se ha podido comprobar que el cobro del impuesto ha tenido lugar sin ninguna liquidación tributaria, ni notificación a los vecinos".
Por ello, los grupos municipales PSOE e IU de Puerto Lumbreras presentaron la moción, en la que se ordena a Sogesur que cese de cobrar el canon de saneamiento y lo excluyan del recibo de abastecimiento del agua.
También, requiere a la entidad gestora del canon, Esamur, y al consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, Antonio Cerdá, que hagan lo preciso para cesar en la exacción ilegal de denominado impuesto".
La moción incluye un apartado en el que indica que, "en caso de no atenderse por Sogesur o Esamur lo fijado en los acuerdos precedentes, se ejercerán acciones en la jurisdicción contencioso-administrativa y penal". Por último, el acuerdo faculta al alcalde, José Cerrillo, "para la ejecución de cuantos trámites y firma de documentos sean precisos en orden al efectivo cumplimiento de lo acordado".