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Planes y marcos regulatorios para la gestión integrada de cuencas
[Plans and Legal Frameworks for the integral basin management]
En América Latina los planes de ordenamiento del uso del agua en las cuencas están vigentes otra vez. Existen dos motivos básicos que vuelven a poner a los planes de ordenamiento de cuencas en la agenda de los países: Una mayor competencia por el agua
y la constatación de la necesidad de incorporar consideraciones ambientales en las decisiones. La cuenca, en particular el agua de la cuenca, es un buen punto de partida para
considerar el medio ambiente.
La necesidad de elaborar planes es precedida por la confirmación o creación de entidades de cuencas en varios países. En el Perú, por ejemplo, la ley de Reforma, Promoción e Inversión Agraria, Decreto Legislativo 653, de Enero de 1991, en su título V, Artículo 55, faculta la creación de las Autoridades Autónomas de Cuencas Hidrográficas en donde es necesario. Una de las funciones de la Autoridad es “promover la formulación de planes maestros de provechamiento racional de los recursos hídricos e impulsar su ejecución en el ámbito de su jurisdicción”. Una de las primeras tareas de estas autoridades es la de formular los planes
maestros para lo cual se ha formado una comisión, con el aval del ministerio de agricultura, para elaborar una “metodología para la elaboración de planes maestros de cuencas”. El presente artículo advierte que, además de este manual técnico, es necesario elaborar y aprobar principios, estándares y procedimientos para aprobar dichos planes maestros con el fin de darles valor jurídico-normativo. Para una gerencia de cuencas es más útil disponer de información y marcos regulatorios claros que disponer sólo de un plan. Con la información y los marcos se pueden tomar decisiones dentro de un contexto aceptable y adecuarlas. Si sólo se dispone de un plan sin respaldo informativo no queda más que acatar o no lo indicado.
En este trabajo se cuestiona porqué hoy en día los planes de aguas tendrían la aceptabilidad que no tuvieron en la década del setenta, más aún en un proceso de privatización y de libre mercado; como los usuarios del agua han podido subsistir sin planes de ordenamiento del uso del agua y qué daños ha causado la falta de previsión.
Luego se señalan algunas de condiciones que deberían cumplirse para que la formulación
de un plan no se convierta en un ejercicio carente de sentido. Se enfatiza que sólo se debe
planificar aquéllo que sea posible y necesario, que las decisiones deben ser compartidas
por los usuarios del agua, que es indispensable montar un buen sistema de información
para la gerencia de una cuenca, que se deben seguir procesos claros y legales de decisión
y que el proceso de decisión sea público. Un plan es un instrumento al servicio de un
sistema de gestión eficiente del agua y no lo reemplaza.
Naciones Unidas, Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
Idioma: Español
Formato: PDF