Volver a Cultura del Agua Canales del Taibilla
Cincuenta años creando futuro

Ministerio de ObrasPúblicas, Transportes y Medio Ambiente
Mancomunidad de los Canales del Taibilla
 

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En este estado de cosas, quedaba por cumplir a la Mancomunidad la trascendental misión de abastecer de agua potable a las 34 poblaciones restantes hasta entonces mancomunadas.

Para ello era preciso legalizar la situación económica del Organismo en sus relaciones con la Administración, fijando la aportación definitiva del Estado y proporcionándole al mismo tiempo los medios legales para arbitrar los recursos necesarios.

A estos extremos obedece la Ley de 27 de Abril de 1946, que convierte a la Mancomunidad de Municipios en Organismo Estatal, naturaleza jurídica que se mantiene a lo largo del tiempo.


Establece la denominación, constitución, funciones, facultades y competencias de sus órganos rectores y fija los recursos económicos para el cumplimiento de sus fines, constituidos esencialmente por una subvención del Estado del 50% del coste total de las obras, los ingresos por explotación de los servicios y los empréstitos y operaciones de crédito que puedieran realizar con la garantía mancomunada de los municipios, proporcional a sus dotaciones de agua.

Establece asimismo la posibilidad de integración de nuevos Ayuntamientos, establecimientos oficiales y entidades de carácter estatal. En 1950 se desvincula legalmente la Delegación del Gobierno en el Organismo de la Jefatura de la Zona Marítima del Mediterráneo aunque, salvo con una excepción, se ha mantenido tradicionalmente tal singularidad.



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