Autorizado un convenio de 160 millones entre Medio Ambiente y Aragón para el Plan Nacional de Calidad de las Aguas

Sat, 05/04/2008

Europa Press

El Consejo de Ministros autorizó hoy la suscripción del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Aragón por el que se fija el esquema general de coordinación y financiación para la ejecución de actuaciones en la Comunidad Autónoma del Plan Nacional de Calidad de las Aguas 2008-2015. La inversión prevista por parte del Ministerio de Medio Ambiente para el desarrollo de este Convenio asciende a 169.125.000 euros.

Para alcanzar los objetivos correspondientes al Plan Nacional de Calidad de las Aguas en Aragón, el Ministerio de Medio Ambiente tiene previsto aportar un máximo de 347 millones de euros en el total del periodo 2008-2015. En este Convenio quedan reflejadas las aportaciones hasta el año 2011 y en uno posterior, a realizar en su momento, se materializarán las del periodo 2012-2015.

Este convenio articula la colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón, y establece las condiciones específicas para la gestión de la construcción y explotación por la Comunidad Autónoma de Aragón de las obras hidráulicas declaradas de interés general por el Estado que se señalan en el mismo.

Además, determina el régimen de colaboración financiera entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Medio Ambiente, y la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por medio de su Departamento de Medio Ambiente, para el desarrollo en la Comunidad Autónoma de Aragón de las actuaciones previstas en materia de política de aguas.

ACTUACIONES DEL GOBIERNO DE ARAGÓN

El Gobierno de Aragón realizará la gestión de la construcción y explotación de las obras declaradas de interés general por la Administración General del Estado, que se realizarán bajo la modalidad de concesión de obra pública, y será su responsabilidad la financiación, ejecución, gestión y control de la explotación y funcionamiento. Cuando las actuaciones se hayan finalizado y hayan entrado en explotación, se procederá a su desclasificación como de interés general del Estado.

En relación con la evaluación del impacto ambiental, dado que tanto su ejecución como su explotación pasan a ser función de la Diputación General de Aragón, el Departamento de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón actuará como órgano ambiental en el procedimiento, de acuerdo con la legislación propia de la Comunidad Autónoma, subrogándose, en su caso, en los trámites ya realizados con anterioridad para estas actuaciones por el Ministerio de Medio Ambiente.

Para el resto de las obras que se ejecutarán de acuerdo al Convenio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón el desarrollo de las actuaciones necesarias para su efectiva ejecución.

DIRECTIVAS COMUNITARIAS.

Las actuaciones recogidas en el Convenio se integran en el marco de los objetivos y criterios de colaboración entre administraciones públicas del Plan Nacional de Calidad de las Aguas (2008-2015) y van dirigidas al cumplimiento, en materia de saneamiento y depuración y en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, de una Directiva comunitaria y su transposición al ordenamiento jurídico interno, y de los objetivos establecidos por otra Directiva del año 2000.

Este Convenio cumple con los principios del Programa A.G.U.A. (Actuaciones para la Gestión y Utilización del Agua) del Ministerio de Medio Ambiente, que considera el abastecimiento de agua como un servicio de interés general, y persigue el objetivo de mantener y mejorar el medio acuático, para lo que deben implementarse medidas en las distintas fases que componen el Ciclo Integral del Agua, a fin de garantizar la sostenibilidad de los sistemas acuáticos.

Con el presente Convenio y su desarrollo se consideran finalizadas las actuaciones en materia de abastecimiento, saneamiento y depuración que competen a la Administración General del Estado en obras declaradas de interés general del Estado en Aragón e incluidas en la Ley del Plan Hidrológico Nacional de 2001, modificada por otra Ley de 2005, así como la colaboración o compromisos en estas materias para los municipios del Pirineo que, hasta el año 2009 inclusive, se han incorporado a los Convenios con dichos Ayuntamientos. Dichos compromisos y convenios quedan integrados en el actual a partir del año 2010.