LA RIOJA .- Agriculture ministry will finance 50% of requested helps by floods in the past september
Mon, 15/11/2004
El Ministerio de Agricultura financiará el 50 por ciento de la reparación de los daños ocasionados en las infraestructuras, equipamientos e instalaciones de titularidad municipal y la red viaria, según se desprende de la respuesta del Gobierno central a una pregunta del diputado del PP Ramón Moreno.
El Consejo de Ministros aprobó el 17 de septiembre de 2004 el Real Decreto por el que se adoptaban medidas urgentes para reparar los daños causados por los incendios e inundaciones acaecidos en Aragón, Cataluña, Andalucía, La Rioja, Navarra y Valencia.
El decreto recoge diversas medidas laborales en relación con eventuales expedientes de regulación de empleo, exoneraciones y bonificaciones en el pago de las cuotas de la Seguridad Social o la concesión de líneas preferenciales de crédito por importe de 20 millones de euros.
Prevé además exenciones y bonificaciones tributarias, indemnizaciones por daños en infraestructuras públicas cuya titularidad sea de comunidades de regantes por un importe máximo de hasta seis millones de euros, indemnizaciones de los daños en producciones agrícolas y ganaderas incluidos los daños producidos en explotaciones agrícolas, ayudas excepcionales por daños personales y daños en vivienda.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto, corresponde al Ministerio del Interior concretar a través de una orden Ministerial la relación de municipios afectados por la catástrofe, una orden se aprobó el 7 de octubre.
En desarrollo del Real Decreto, el Ministerio de Administraciones Públicas publicará la Orden que regulará el procedimiento para la concesión de estas subvenciones y para su seguimiento y control
El Consejo de Ministros aprobó el 17 de septiembre de 2004 el Real Decreto por el que se adoptaban medidas urgentes para reparar los daños causados por los incendios e inundaciones acaecidos en Aragón, Cataluña, Andalucía, La Rioja, Navarra y Valencia.
El decreto recoge diversas medidas laborales en relación con eventuales expedientes de regulación de empleo, exoneraciones y bonificaciones en el pago de las cuotas de la Seguridad Social o la concesión de líneas preferenciales de crédito por importe de 20 millones de euros.
Prevé además exenciones y bonificaciones tributarias, indemnizaciones por daños en infraestructuras públicas cuya titularidad sea de comunidades de regantes por un importe máximo de hasta seis millones de euros, indemnizaciones de los daños en producciones agrícolas y ganaderas incluidos los daños producidos en explotaciones agrícolas, ayudas excepcionales por daños personales y daños en vivienda.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto, corresponde al Ministerio del Interior concretar a través de una orden Ministerial la relación de municipios afectados por la catástrofe, una orden se aprobó el 7 de octubre.
En desarrollo del Real Decreto, el Ministerio de Administraciones Públicas publicará la Orden que regulará el procedimiento para la concesión de estas subvenciones y para su seguimiento y control