CASTILLA LA MANCHA. Valencia government presents appeal to Supreme Court in order to revoke sentence against Jucar Hydraulic Plan
Wed, 15/12/2004
La Generalitat Valenciana reclama al Tribunal Supremo la anulación de la sentencia contra el Plan Hidrológico del Júcar, a través de un recurso que ha sido presentado ante este tribunal. En concreto, la Generalitat ha tramitado un "incidente de nulidad" que se basa en la indefensión de la Comunidad Valenciana por no haber sido debidamente emplazada en el proceso.
Al mismo tiempo, la Generalitat también solicita la suspensión cautelar de la sentencia "por las graves repercusiones que ésta puede ocasionar a nuestra Comunidad", informaron hoy fuentes de Presidencia.
La citada sentencia se hizo pública el pasado mes de noviembre en respuesta a un recurso que había presentado la Fundación del Progreso de Albacete y anulaba la transferencia de 95 hectómetros cúbicos anuales del Júcar al río Turia y de otros ocho hm3 anuales para el Vinalopó y L'alacantí.
El recurso de la Generalitat se ampara en que se ha cometido "un defecto procesal grave" ya que "se ha vulnerado el derecho de la Comunidad Valenciana a ser parte en un proceso donde estaban en juego derechos e intereses legítimos" y en el que se ha dictado una sentencia "muy gravosa para nuestra Comunidad".
En este sentido, la Generalitat recuerda al Tribunal que "de la citada sentencia se ha tenido conocimiento exclusivamente por los medios de comunicación" y que, "a pesar de que esta sentencia incide de forma directa en el ámbito de competencias e intereses de la Comunidad Valenciana, en ningún momento hemos sido emplazados, ni por la Administración del Estado, autora de la Orden Ministerial impugnada, ni por la Audiencia Nacional, que dictó la inicial sentencia recurrida en casación, ni tampoco por el Tribunal Supremo que ha dictado la sentencia estimatoria del recurso de casación".
Por ello, la Generalitat considera que esto constituye un "defecto procesal y un hecho grave de indefensión, en el que se vulnera el artículo 24 de la Constitución, que establece el derecho a obtener una tutela judicial efectiva".
Por otro lado, la Generalitat solicita también del Tribunal Supremo la suspensión de la sentencia dictada "debido a las graves consecuencias que puede acarrear a los intereses de la Comunidad, especialmente a la agricultura, así como efectos negativos que puede ocasionar al medio ambiente en la Comunidad Valenciana".
En este sentido, "la aplicación de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo supone eliminar la base jurídica imprescindible para el desarrollo en la Comunidad Valenciana de una política de agua basada en los principios de uso racional e integral de los recursos, ahorro de agua, protección del medio ambiente y redistribución solidaria de caudales".
La Generalitat explica en el incidente de nulidad que el Plan Hidrológico de Cuenca del Júcar es resultado tanto del ejercicio de competencias estatales como del ejercicio de las competencias autonómicas sobre las cuencas internas, y que la desaparición del plan condena a las zonas más deficitarias, fundamentalmente el Vinalopó-Alacantí, Marina Baja y Cenia-Maestrazgo, a no tener garantías para sus demandas y a no poder efectuar un uso sostenible de sus recursos
Al mismo tiempo, la Generalitat también solicita la suspensión cautelar de la sentencia "por las graves repercusiones que ésta puede ocasionar a nuestra Comunidad", informaron hoy fuentes de Presidencia.
La citada sentencia se hizo pública el pasado mes de noviembre en respuesta a un recurso que había presentado la Fundación del Progreso de Albacete y anulaba la transferencia de 95 hectómetros cúbicos anuales del Júcar al río Turia y de otros ocho hm3 anuales para el Vinalopó y L'alacantí.
El recurso de la Generalitat se ampara en que se ha cometido "un defecto procesal grave" ya que "se ha vulnerado el derecho de la Comunidad Valenciana a ser parte en un proceso donde estaban en juego derechos e intereses legítimos" y en el que se ha dictado una sentencia "muy gravosa para nuestra Comunidad".
En este sentido, la Generalitat recuerda al Tribunal que "de la citada sentencia se ha tenido conocimiento exclusivamente por los medios de comunicación" y que, "a pesar de que esta sentencia incide de forma directa en el ámbito de competencias e intereses de la Comunidad Valenciana, en ningún momento hemos sido emplazados, ni por la Administración del Estado, autora de la Orden Ministerial impugnada, ni por la Audiencia Nacional, que dictó la inicial sentencia recurrida en casación, ni tampoco por el Tribunal Supremo que ha dictado la sentencia estimatoria del recurso de casación".
Por ello, la Generalitat considera que esto constituye un "defecto procesal y un hecho grave de indefensión, en el que se vulnera el artículo 24 de la Constitución, que establece el derecho a obtener una tutela judicial efectiva".
Por otro lado, la Generalitat solicita también del Tribunal Supremo la suspensión de la sentencia dictada "debido a las graves consecuencias que puede acarrear a los intereses de la Comunidad, especialmente a la agricultura, así como efectos negativos que puede ocasionar al medio ambiente en la Comunidad Valenciana".
En este sentido, "la aplicación de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo supone eliminar la base jurídica imprescindible para el desarrollo en la Comunidad Valenciana de una política de agua basada en los principios de uso racional e integral de los recursos, ahorro de agua, protección del medio ambiente y redistribución solidaria de caudales".
La Generalitat explica en el incidente de nulidad que el Plan Hidrológico de Cuenca del Júcar es resultado tanto del ejercicio de competencias estatales como del ejercicio de las competencias autonómicas sobre las cuencas internas, y que la desaparición del plan condena a las zonas más deficitarias, fundamentalmente el Vinalopó-Alacantí, Marina Baja y Cenia-Maestrazgo, a no tener garantías para sus demandas y a no poder efectuar un uso sostenible de sus recursos