Environmental ministry wants the desalination waters to be incorporated to public domain, even private enterprises
Wed, 02/02/2005
El Ministerio de Medio Ambiente presentó hoy a la Comisión Permanente del Consejo Nacional del Agua un informe de reforma de la Ley de Aguas en el que propone incorporar al dominio público hidráulico las aguas de desalación, incluso las de iniciativas privadas.
"Teniendo en cuenta la necesidad de utilizar de manera amplia recursos no convencionales, en particular los procedentes de la desalación de agua de mar, se considera adecuada la incorporación al dominio público hidráulico de las aguas de esta procedencia", señaló esta tarde el Ministerio en un comunicado. Así, "se hace necesario modificar también la Ley en este capítulo, especificando que el agua desalada procedente de la iniciativa privada estará sometida al régimen general del dominio público hidráulico".
Además, la utilización privativa de las aguas procedentes de la desalación "deberá adoptar la forma de concesión, con el fin de garantizar la explotación racional conjunta de todos los recursos disponibles, superficiales y subterráneos", según el texto aprobado en la Comisión Permanente.
INCENTIVOS Y PENALIZACIONES
En cuanto a la recuperación de costes por uso del agua que obliga la directiva europea de aguas, el Ministerio aboga por adoptar "lo más rápido posible, las disposiciones que permitan desarrollar una política adecuada de incentivos y penalizaciones sobre los usos del agua que ayuden a su sostenibilidad".
Asimismo, en el informe presentado a la Comisión se propone "estudiar las adaptaciones que fuesen necesarias en el actual régimen económico para su adecuación, en 2010, a las previsiones de la Directiva Marco del Agua".
INFORMES PREVIOS Y NUEVAS DEMANDAS
Por otra parte, se apuesta por modificar la Ley de Aguas para que antes de realizar cualquier obra de interés general "se exijan determinados informes que pongan de manifiesto la viabilidad o interés de estas obras en relación con los pilares del desarrollo sostenible, así como el que estos se revisen periódicamente".
Los cambios en la normativa también afectarán a las Confederaciones Hidrográficas, ya que se les pedirá que "emitan un informe en el que se pronuncien de forma expresa sobre la existencia de recursos hídricos en aquellas actuaciones de las Comunidades Autónomas que impliquen nuevas demandas de agua".
En cuanto a los Centros de Intercambio de Aguas, la propuesta debatida en la Comisión incluye "la posibilidad de suprimir los preceptos legales que dificulten el desarrollo de estos centros", cuya puesta en marcha ha sido aprobada recientemente por el Gobierno para las Confederaciones Hidrográficas del Guadiana, Júcar y Segura, y en un futuro de los Bancos de Agua.
SISTEMAS DE MEDICIÓN Y CONTROL
Respecto al control de los caudales de agua, que hasta ahora eran competencia exclusiva de los Organismos de cuenca, pasarían a ser establecidas de manera general por el Ministerio de Medio Ambiente dentro de una norma de carácter básico como es la Ley de Aguas. "Ello faculta al Ministerio para dictar una disposición general que obligue a todos los titulares del derecho de uso privativo del agua a instalar y mantener los correspondientes sistemas de medición que garanticen la información precisa sobre los caudales efectivamente utilizados", según señala el propio Departamento.
En esta línea, se estima que "con carácter de urgencia debería incluirse en la Ley de Aguas una ampliación de los agentes encargados de la protección de dominio público hidráulico, así como una mención expresa al valor probatorio de los actos llevados a cabo en el ejercicio de sus funciones".
Otro punto a modificar en la Ley de Aguas es el concepto de caudal ecológico y las condiciones que deben cumplir con el fin de que queden adecuadamente establecidos.
Estos cambios en la ley tienen la finalidad, según el Ministerio, de "reforzar las medidas de protección existentes mediante el concurso de un marco legal preciso y suficiente que dote a los organismos responsables de instrumentos que faciliten las labores de control y vigilancia del mismo".
"Teniendo en cuenta la necesidad de utilizar de manera amplia recursos no convencionales, en particular los procedentes de la desalación de agua de mar, se considera adecuada la incorporación al dominio público hidráulico de las aguas de esta procedencia", señaló esta tarde el Ministerio en un comunicado. Así, "se hace necesario modificar también la Ley en este capítulo, especificando que el agua desalada procedente de la iniciativa privada estará sometida al régimen general del dominio público hidráulico".
Además, la utilización privativa de las aguas procedentes de la desalación "deberá adoptar la forma de concesión, con el fin de garantizar la explotación racional conjunta de todos los recursos disponibles, superficiales y subterráneos", según el texto aprobado en la Comisión Permanente.
INCENTIVOS Y PENALIZACIONES
En cuanto a la recuperación de costes por uso del agua que obliga la directiva europea de aguas, el Ministerio aboga por adoptar "lo más rápido posible, las disposiciones que permitan desarrollar una política adecuada de incentivos y penalizaciones sobre los usos del agua que ayuden a su sostenibilidad".
Asimismo, en el informe presentado a la Comisión se propone "estudiar las adaptaciones que fuesen necesarias en el actual régimen económico para su adecuación, en 2010, a las previsiones de la Directiva Marco del Agua".
INFORMES PREVIOS Y NUEVAS DEMANDAS
Por otra parte, se apuesta por modificar la Ley de Aguas para que antes de realizar cualquier obra de interés general "se exijan determinados informes que pongan de manifiesto la viabilidad o interés de estas obras en relación con los pilares del desarrollo sostenible, así como el que estos se revisen periódicamente".
Los cambios en la normativa también afectarán a las Confederaciones Hidrográficas, ya que se les pedirá que "emitan un informe en el que se pronuncien de forma expresa sobre la existencia de recursos hídricos en aquellas actuaciones de las Comunidades Autónomas que impliquen nuevas demandas de agua".
En cuanto a los Centros de Intercambio de Aguas, la propuesta debatida en la Comisión incluye "la posibilidad de suprimir los preceptos legales que dificulten el desarrollo de estos centros", cuya puesta en marcha ha sido aprobada recientemente por el Gobierno para las Confederaciones Hidrográficas del Guadiana, Júcar y Segura, y en un futuro de los Bancos de Agua.
SISTEMAS DE MEDICIÓN Y CONTROL
Respecto al control de los caudales de agua, que hasta ahora eran competencia exclusiva de los Organismos de cuenca, pasarían a ser establecidas de manera general por el Ministerio de Medio Ambiente dentro de una norma de carácter básico como es la Ley de Aguas. "Ello faculta al Ministerio para dictar una disposición general que obligue a todos los titulares del derecho de uso privativo del agua a instalar y mantener los correspondientes sistemas de medición que garanticen la información precisa sobre los caudales efectivamente utilizados", según señala el propio Departamento.
En esta línea, se estima que "con carácter de urgencia debería incluirse en la Ley de Aguas una ampliación de los agentes encargados de la protección de dominio público hidráulico, así como una mención expresa al valor probatorio de los actos llevados a cabo en el ejercicio de sus funciones".
Otro punto a modificar en la Ley de Aguas es el concepto de caudal ecológico y las condiciones que deben cumplir con el fin de que queden adecuadamente establecidos.
Estos cambios en la ley tienen la finalidad, según el Ministerio, de "reforzar las medidas de protección existentes mediante el concurso de un marco legal preciso y suficiente que dote a los organismos responsables de instrumentos que faciliten las labores de control y vigilancia del mismo".