The Constitutional debates an unfavorable sentence to the Guadalquivir water transfer

Sun, 12/09/2010

Diario de Cádiz

Los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) han debatido esta semana una ponencia desfavorable al artículo del Estatuto de Andalucía que otorga a la Junta las competencias exclusivas del río Guadalquivir a su paso por la comunidad. El temor a un fallo adverso ha ido aumentando en el Gobierno, en la Junta y en el PSOE a medida que pasa el tiempo, según han reconocido diversas fuentes. El artículo que desarrolla esta competencia, el 51, ha tenido un amplio desarrollo, ya que las competencias del Guadalquivir fueron traspasadas a la Junta el pasado 1 de enero de 2009 y ahora son gestionadas por la Agencia Andaluza del Medio Ambiente y del Agua, de ahí que se esté muy pendiente de cómo interpreta el TC este precepto. Hasta la nueva Ley del agua de Andalucía está anclada en él. No obstante, las mismas fuentes han explicado que habrá que esperar a que los magistrados terminen y aprueben la redacción para calibrar el impacto que tendrá sobre unas competencias ya asumidas.

El Estatuto contó con el respaldo del PP y del PSOE, tanto en el Parlamento, como en el Congreso; fue visado, entre otros, por el Consejo Consultivo, y aprobado en referéndum. Sin embargo, la Junta de Extremadura, presidida entonces por el socialista Juan Carlos Rodríguez Ibarra, presentó un recurso de inconstitucionalidad al entender que estas competencias no se ajustan a la Carta Magna, ya que la cuenca del Guadalquivir se extiende por varias comunidades autónomas. Y su sucesor, Guillermo Gutiérrez Vara, no se planteó la retirada de un recurso que motivó fricciones entre los presidentes Chaves y Rodríguez Ibarra.

Con las cautelas que se deben asumir ante una decisión del Constitucional, algunas de las fuentes consultadas han manifestado que es posible que la semana próxima se conozca el fallo de los magistrados. El principal obstáculo con el que se encuentra el artículo 51 del Estatuto es el 149.1.22 de la Constitución, que establece que "el Estado tiene competencia exclusiva sobre [...] la legislación, ordenación y concesión de recursos y aprovechamientos hidráulicos cuando las aguas discurran por más de una comunidad autónoma".

El Guadalquivir, básicamente un río andaluz, cuenta con una cuenca que se extiende en una mínima parte por Extremadura y Castilla-La Mancha. Pero para evitar este obstáculo, los redactores del Estatuto andaluz detallaron que la Junta "ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra comunidad autónoma"; es decir, que sólo tendría capacidad de decisión sobre los cursos puramente andaluces. Como en otros preceptos del Estatuto andaluz, los redactores asumieron la cautela de finalizar el texto del 51 con la coletilla "sin perjuicio de [...] lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución".

Los detractores de esta transferencia argumentan, sin embargo, que rompe la unidad de la gestión de la cuenca, un concepto que a su entender sería el que defiende la Constitución, y es sobre el que deberán pronunciarse los magistrados ya que fue el razonamiento empleado por la Junta de Extremadura. Con el traspaso de competencias del río, es la Agencia Andaluza de Medio Ambiente y el Agua la que asumió las labores de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, así como de parte de su personal.

Los impulsores del Estatuto andaluz buscaron una fórmula que creyeron constitucional para sortear futuros problemas, lo que no evitó que hubiera algunos pronunciamientos que los pusiese en duda, como el de Alfonso Guerra, presidente de la comisión constitucional del Congreso, donde se discutió la redacción entre los representantes de Andalucía y los del Estado.