Estructura

Esquema general de la estructura de una Confederación Hidrográfica Comisaría de Aguas Dirección Técnica Secretaría General Oficina Planf. Hidro. Consejo del agua Comisión desembalse Asamblea de usuarios Juntas de explotación Juntas de Obras

Órganos de Gobierno: Junta de Gobierno y Presidente

  • Composición de la Junta de Gobierno
    • El Presidente del Organismo de Cuenca, como Presidente, y dos Vicepresidentes.
    • Los representantes de la Administración del Estado, cinco como mínimo: uno por cada uno de los siguientes Ministerios: Medio Ambiente, Agricultura, Pesca y Alimentación, Ciencia y Tecnología, Sanidad y Consumo y Economía, y un representante te de la Administración Tributaria del Estado, si ésta se encarga de la gestión de las exacciones tributarias en esta materia en esa cuenca.
    • Los representantes de las Comunidades Autónomas que hubieran decidido incorporarse al Organismo de Cuenca. El número de representantes de cada una se determinará en función de su número, y su superficie y población.
    • Los representantes de los usuarios: al menos un tercio del total, y un mínimo de tres.
    • Las provincias están representadas de acuerdo con el porcentaje de su territorio afectado por la cuenca hidrográfica.
  • Atribuciones de la Junta de Gobierno
    • Aprobar los planes de actuación del Organismo, la propuesta de presupuesto y conocer la liquidación de los mismos.
    • Acordar las operaciones de crédito necesarias.
    • Adoptar los acuerdos que correspondan en relación con las funciones del Organismo de cuenca y sobre los actos de disposición patrimonial.
    • Preparar los asuntos que se hayan de someter al Consejo del Agua de la cuenca.
    • Aprobar, previo informe del Consejo del Agua de la demarcación, las modificaciones sobre la anchura de las zonas de servidumbre y policía previstas en esta Ley.
    • Declarar acuíferos sobreexplotados, o en riesgo de estarlo y determinar los perímetros de protección.
    • Determinadas decisiones sobre las comunidades de usuarios.
    • Promover iniciativas sobre zonas húmedas.
    • Informar las propuestas de sanción por infracciones graves y muy graves, a iniciativa del Presidente, cuando los hechos sean de especial transcendencia.
    • Aprobar, en su caso, criterios generales para la determinación de las indemnizaciones por daños al DPH.
    • Proponer al Consejo del Agua de la cuenca la revisión del plan hidrológico correspondiente.
    • Y, en general, deliberar sobre los asuntos sometidos a su consideración por el Presidente o por cualquiera de sus miembros
  • Presidente
    • Nombramiento: por el Consejo de Ministros.
    • Funciones:
      • Ostentar la representación del Organismo
      • Presidir la la junta de Gobierno, la Asamblea de Usuarios, la Comisión de Desembalse y el Consejo del Agua.
      • Cuidar de que los acuerdos de los órganos colegiados se ajusten a la legalidad vigente. La impugnación por el Presidente de estos acuerdos ante la Jurisdicción contencioso administrativa producirá su suspensión cautelar.
      • Desempeñar la superior función directiva y ejecutiva.
      • En general, el ejercicio de cualquier otra función que no esté expresamente atribuida a otro órgano.
    • Bajo la dependencia directa del Presidente de la Confederación se encuentran las siguientes Unidades Orgánicas:
      • Comisaría de aguas
        Las funciones de la Comisaría de aguas son, entre otras, las siguientes:
        • Las propuestas de otorgamiento de concesiones y autorizaciones referentes al dominio público hidráulico, así como las de establecimiento de servidumbre, deslindes y modulaciones.
        • La llevanza del Registro de Aguas, del Catálogo de aguas privadas y del Censo de vertido de aguas residuales.
        • La inspección y vigilancia de las obras derivadas de concesiones y autorizaciones de dominio público hidráulico.
        • La inspección y vigilancia de las explotaciones de todos los aprovechamientos de aguas públicas, cualquiera que sea su titularidad y el régimen jurídico al que estén acogidos, y la dirección de los servicios de guardería fluvial.
        • Las cuestiones relativas al régimen de las aguas continentales, incluida la realización de aforos y estudios de hidrología.
        • El análisis y control de la calidad de las aguas continentales, así como el estudio de la propuesta de los cánones a que hacen referencia los artículos 104 y 105 de la Ley de Aguas.
      • Dirección Técnica
        • Estudio, proyecto, dirección y explotación de obras del Organismo o encomendadas por el Estado, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales, otras Entidades Públicas o privadas, o los particulares.
        • Las actuaciones encaminadas a lograr el aprovechamiento más racional del agua.
        • El etudio y propuesta de las exacciones correspondientes al Canon de regulación y tarifa de utilización del agua y de las tarifas y precios relativos al régimen fiscal en materia de aguas y demás bienes del dominio público hidráulioco, salvo los correspondientes al canon de vertido y utilización de los bienes del dominio público hidráulico.
        • La ejecución de las órdenes de desembalse.
      • Oficina de Planificación Hidrológica
        • Elaboración, seguimiento y revisión del Plan Hidrológico de la Cuenca.
        • Informes sobre compatibilidad de actuaciones propuestas por los usuarios con el Plan Hidrológico.
        • Planes de ordenación de extracciones en acuíferos sobreexplotados o que requieran protección.
      • Secretaría General
        • Gestión administrativa, económica, financiera, jurídica, de personal, etc. del Organismo.
        • Gestión administrativa de los órganos de gobierno y administración.

Órganos de gestión en régimen de participación

  • Asamblea de Usuarios
    • Composición:
      • Todos los usuarios que forman parte de las Juntas de Explotación.
    • Funciones:
      • Coordinar la explotación de las obras hidráulicas y de los recursos de agua en toda la cuenca, sin menoscabo del régimen concesional y derechos de los usuarios.
  • Comisión de Desembalse
    • Composición: se regulará reglamentariamente, en la actualidad:
      • Representantes de la Confederación, sin voto.
      • Representantes del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
      • Representante de “Red Eléctrica Española, S.A.”.
      • Representantes de los Usuarios, designados por la Junta de Gobierno a propuesta de la Asamblea de Usuarios.
    • Funciones:
      • Deliberar y formular propuestas al Presidente del Organismo sobre el régimen adecuado de llenado y vaciado de embalses y acuíferos de la cuenca atendidos los derechos concesionales de los distintos usuarios.
  • Juntas de Explotación
    • Composición: se determinará reglamentariamente, en la actualidad:
      • El Director Técnico del Organismo, que será el Presidente de la Junta.
      • Representantes del Organismo, sin voto.
      • Representantes de los usuarios afectados.
      • También pueden asistir, representantes del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación y del Ministerio de Industria y Energía, como asesores, sin voto.
    • Funciones:
      • Las mismas de la Asamblea de Usuarios, pero en relación con el conjunto de ríos, río, tramo de río o unidad hidrogeológica cuyos aprovechamientos estén especialmente interrelacionados. Su ámbito se determina por el Presidente de la Confederación.
  • Juntas de Obras
    • Composición:
      • Representantes de la Confederación.
      • Representantes de los usuarios afectados por una obra ya aprobada
    • Funciones:
      • Informar directamente a los futuros usuarios de una obra ya aprobada que realizará la Confederación, del desarrollo e incidencias de la misma, si el coste de la obra está por encima de cierto importe. Se constituye a petición de los usuarios.

Órgano de participación y planificación

  • Consejo del Agua de la Demarcación
    • Composición:
      • Presidente (el de la Confederación), dos Vicepresidentes y un Secretario.
      • Representantes de los Departamentos Ministeriales, relacionados con el uso de los recursos hidráulicos, como máximo tres por cada uno de ellos.
      • Representantes de las Comunidades Autónomas de la cuenca, en función de su número, superficie y población, cada una al menos un vocal.
      • Representantes de los servicios técnicos del Organismo, máximo de tres.
      • Representantes de los usuarios, al menos un tercio del total de Vocales.
      • Representantes de las entidades locales cuyo territorio coincida total o parcialmente con el de la cuenca, en función de la extensión o porcentaje de dicho territorio afectado por la cuenca hidrográfica (máximo de tres vocales).
      • Representantes de asociaciones y organizaciones de defensa de intereses ambientales, económicos y sociales relacionados con el agua (máximo de seis vocales)
    • Funciones:
      • Elevar al Gobierno el Plan Hídrológico de Cuenca a través del Ministerio de Medio Ambiente.
      • Informar cuestiones de interés general de la cuenca y las relativas a la mejor ordenación, explotación y tutela del DPH.
      • Promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador.

Órgano para la cooperación: Comité de Autoridades Competentes