Especial Tribunal Agua Valencia
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Son innumerables las referencias que pudiéramos dar a través de los siglos de viajeros, escritores, turistas y políticos que al pasar por Valencia han visto funcionar el Tribunal de las Aguas y han quedado admirados de su eficacia; tan admirados que lo han hecho constar en sus libros y publicaciones, observando detalles que transcriben entre sus impresiones.

Citaremos algunas de las más elocuentes.

Por ejemplo, en el siglo XIX, el escritor Richard Ford, quien como sabemos hubo de vivir en Ronda por salud de su esposa, visitó Valencia y, por supuesto, el Tribunal de las Aguas dejándonos las siguientes memorias de su paso: «España, primero civilizada por los fenicios y largamente poseída por los moros, ha retenido indeleblemente las huellas originales. Examínesela, por tanto, y a sus nativos, por un patrón oriental.

«La totalidad del sistema de riego artificial es oriental y moro, como lo prueban la existencia todavía de nombres técnicos y maquinaria: así, la común y muy pintoresca noria (del áraba «anaoura »), es la «sackiyeh», o gran rueda hidráulica de El Cairo, la cual, provista de potes, desciende al pozo y, al ascender, descarga su contenido en un depósito. El «shadoof» egipcio, la estaca y el cubo, tal como los vemos en nuestros jardines del mercado cerca de Hammersmith, es también muy frecuente.

«En la Huerta de Valencia, una arteria principal o acequia madre, «mucannalin», abastece a todos los ramales más pequeños, «cacequiasm», «ciquia»: ésto está organizado en una red de pequeñas ramificaciones y presas, «azudas»-«sudd». La idea es simple, pero la ejecución es más difícil; y a menudo el mayor triunfo de los hidraulistas está en donde sus obras menos lo parentan. El objetivo principal era asegurar una justa distribución, para que nadie se quede en seco ni reciba excesiva agua. De este modo, cuando el ingeniero acaba, empieza el legislador, y ambos fueron moros. El suministro estaba dividido entre los días de la semana y las horas del día. El propietario de cada parcela conocía el período a él asignado y estaba dispuesto a recibir su parte. Dado que el agua aquí, como en Oriente, es el sustento del suelo, y equivale a fertilidad y riqueza, su distribución llega a ser una constante fuente de preocupación y lucha. Ejemplos similares se registran en el Antiguo Testamento, y «rivalidad» ha derivado de «rivus», altercados, riñas sobre los arroyos; por eso los pozos en el Génesis XXVI eran llamados «Esek», contienda, y «Sitnah», odio. Así pues, en este irritable ambiente, donde el cuchillo está siempre presto, han sido tomadas grandes precauciones para mantener la paz. El Tribunal regulador, «de los acequieros» o «del riego», que se dice fue instituído por el moro Alhaken Almonstansir Billar (sic), fue acertadamente mantenido por Jaime I. Es realmente primitivo y oriental: siete síndicos o jueces son elegidos por los demás, entre los pequeños terratenientes y regantes «los labradores y acequieros de la Huerta»; ellos se sientan a las 12 en punto cada jueves, al aire libre, en bancos, a «la puerta de los Apóstoles», la puerta de la Catedral; los demandantes por asuntos del riego son traídos ante esos Salomones que deciden de forma sumaria. No debe haber dilaciones legales, porque el agua aquí es el pan diario, y si el pleito se siguiera ante nuestro Tribunal de la Cancillería, la tierra y los cultivadores se arruinarían; así pues, la forma de ahorrar tiempo es prohibiendo el uso de pluma, tinta y papel; no hay papeletas ni contestaciones, ni alegatos especiales. En ésta -¡oh rara corte del sentido común!- no se permite participar a los procuradores, ni a los abogados se les permite ofuscar la práctica clara y sencilla. Los jueces patríarcales entienden del asunto de forma práctica y deciden sin apelación; la discusión es llevada de «viva voce» en público y en «lemosín» ,la lengua del pueblo: consultar para los detalles curiosos las «Memorias» de Francisco Javier Borrulln. Richard Ford, A Hand-book for Travellers in Spain, 2 vols. (Londres, 1845), I, IX.

Otra curiosa copia o influencia del Tribunal en unas tierras tan alejadas de Valencia como es la India, la tenemos en los hechos siguientes. Cuando Inglaterra se hizo cargo del imperio de la India se dieron cuenta los ingleses del desorden que había en el regadío primitivísimo de las tierras que gobernaba cada marajá. El hambre y la miseria eran bien conocidos y, sin embargo, tenían a su disposición los tres elementos que precisaban para amortiguar ese hambre: Tierra donde lograr cosechas, agua abundante en sus caudalosos ríos y clima favorabilísimo para cultivar lo que quisieran. Pero, a pesar de ello, las tierras no se regaban o se hacía de la peor manera, y no había cosechas que amortiguaran el hambre y la miseria.

Sabiendo las autoridades de Londres que Valencia era donde existía la mejor organización del regadío de España y de Europa, a mediados de la década de 1860, investigadores ingleses viajaron a España con la finalidad de hacer un informe acerca de las técnicas e instituciones que podían ser usados por el Gobierno de Su Majestad Británica en la India.

El primero en llegar fue Sir Clements Markham, geógrafo, historiador, traductor, que había sido investigador de la cultura de otro gran pueblo que había establecido un regadío en Sudamérica, en el antiguo imperio inca del Perú.

Markham, en 1867, terminó su «Report on the Irrigation of Eastern Spain» (Informe sobre el regadío del Este de España), que lo basa (según nos informa Thomas F. Glick en su obra «Regadío y Sociedad en la Valencia medieval» en la información del gran historiador valenciano Vicente Boix, que fue en realidad guía y maestro en Valencia del investigador inglés, acompañándole personalmente a algunas de las obras de regadío, ayudándole incluso a entender la lengua valenciana de los labradores que el inglés desconocía, e investigando igualmente en la riquísima biblioteca del erudito D. Pedro Salvá, propietario de la mejor colección de libros a la sazón existente en Valencia.

Markham, inclinado junto a los historiadores que juzgan el origen árabe de todo el regadío español, dedica el segundo capítulo de su obra al «origen árabe de las obras de regadío en el Este de España», siendo su estudio, poco menos que, una ampliación de los temas desarrollados por Borrull y entre ellos, los períodos de lu- - chas y disensiones internas del Califato después del período del año 760 al 960, referido al cual dice: «no fueron tiempos para originar obras públicas, si bien el sistema de regadíos que había sido instituído en los tiempos de los califas, fue perpetuado y confirmado bajo las sucesivas dinastías, hasta que al aparecer los conquistadores cristianos en el siglo XIII se recomendó su adopción apoyada por los beneficios ya experimentados a través de 500 años». Incluso comparando el regadío arábigo-granadino con el del Levante, estima que aquel carece de importancia y por el contrario es enormemente interesante el regadío de Valencia con el de la huerta cercana de Murcia; sobre todo al saber «las interesantes series de reglas y costumbres locales que rigen los antiguos sistemas de riegos establecidos en aquellas huertas».

De resultas de sus investigaciones y copiando el regadío de Valencia sobre todo, se establecen en la India organizaciones totalmente sirnilares a las Comunidades de Regantes, lográndose con ello el mejor aprovechamiento de las aguas de los ríos en el subcontinente indio al regirse la distribución de los caudales con las mismas normas y costumbres que en la Huerta de Valencia.

Habremos de aportar en apoyo de esta afirmación el hecho de que al cesar el gobierno de Inglaterra en sus mandatos sobre los distintos Estados de la India, surgió en los regadíos un problema y es que la copia de las Comunidades de Regantes en las zonas de riego de la India había sido completa menos en un detalle; consistía éste en que, así como en Valencia los presidentes de las Comunidades son un regante más perteneciente a la misma, en la India, los ingleses, estudiando el carácter indolente de las gentes e incluso la existencia de castas de difícil comunicación unas con otras, vieron difícil el que fuera un regante de la Comunidad quien presidiera la Junta que la había de gobernar; y la solución que encontraron fue muy sencilla: Poner un inglés como Presidente en lugar de un indio para coordinar a todos. Y al irse los ingleses, tuvieron que elegir un nativo como Presidente de la Comunidad. Pero nadie quiso aceptar porque ese cargo de Presidente ocupado antes por un inglés, recibía este los peores epítetos que se pueden lanzar contra un hombre, y nadie quería aceptar un cargo que tan mala fama conllevaba. Por eso el Gobierno de la India designó unos Ingenieros agrónomos especializados en regadío, denominados «ingenieros regadores», para presidir las Comunidades. Y en los años 1980 - 1981 en grupos de quince a veinte de ellos cada mes, vinieron un total de 80 «ingenieros regadores» para ver el funcionamiento de las Comunidades de Regantes en Valencia y seguir copiando de las costumbres de nuestra Huerta las mejores maneras de aprovechar el agua para el regadío.

En el último de los grupos que visitaron Valencia se hallaban altos cargos del Gobierno central de la India, presididos por un viceministro y en el último día de su estancia le dijo al presidente del Tribunal de las Aguas que había quedado admirado sobre todo del orden rígido con que eran llevadas las aguas para el riego y cuyo ordenamiento era acatado y cumplido por todos los regantes sin necesidad de que hubiera fuerza pública alguna que controlara y exigiera dicho orden de riegos; añadiendo que había constatado la autoridad que tenía el Tribunal de las Aguas al comprobar que tampoco en la sesión de juicios que habían presenciado a la puerta de la Catedral de Valencia, mezclado el público junto a la misma cerca del Tribunal, no era precisa la protección de policía o guardia civil alguno; lo que le pareció la cosa más extraña que podía creerse.

Tal vez uno de los más importantes estudiosos y tratadistas del regadío de Valencia, a mediados del s. XIX, fue el profesor francés Maurice Aymard quien en su obra Irrigation du Midi de l'Espagne » nos informa que en Valencia para su trabajo, contó con la ayuda técnica de Don José Ortega, Ingeniero Jefe de la provincia, Jaime Zacarés que era el propio Secretario del Tribunal de las Aguas a la sazón, y de Don Juan Vallejo, Presidente del entonces Sindicato General del Río Turia. Aymard, manteniendo el origen árabe de todo el regadio en el Sureste de España, amplía sus conocimientos afirmando que, si todo fue herencia de la civilización árabe, nadie puede negar que a través de estos siete siglos han sido los propios cristianos los que han ido perfeccionando aquellas instituciones heredades hasta lograr la eficacia que hoy aún perdura. Y dice: «Si Granada representa el grado de desarrollo más genuinamente moro en el regadío, el de Valencia en la actualidad debe ser el resultado de los mayores refinamientos post-islámicos». Y termina con estos párrafos que, por venir precisamente de un pensador francés, tienen la mayor importancia al rendirse, generosos, ante la superioridad del regadio valenciano:

«Las instituciones son buenas si desde el principio, sin el paso del tiempo, sin el apoyo del poder, son capaces de asegurar su funcionamiento regular y sin conmociones. Pues bien, que se trasladen a un país nuevo las instituciones hidráulicas creadas por los españoles como las de Valencia y no tenemos ninguna duda de que al día siguiente, los regadíos de ese nuevo país funcionarán con la misma regularidad que en las regiones donde se han consagrado por una práctica secular».

«Hay que ser justos con todo el mundo. Sin ninguna duda, los moros han regado antes que los españoles, pero es a éstos, indiscutiblemente, a quienes pertenece la mayor parte del honor de las instituciones que hoy admiramos».

Esa afirmación rotunda es verdad y prueba de ella es que habiendo sido copiado en la India, da buenos resultados. Y prueba de ello es también que en el Pakistan, copiado solamente hace veinte años, da excelentes resultados. Y otra prueba más de ello es que las legislaciones de aguas de los veinte países hispanoamericanos, siendo copias exactas de la legislación española de 1866 y 79, están dando los resultados exactamente beneficiosos que en las huertas del Reino de Valencia se dan. Por la razón que Maurice Aymard decía, y por la razón también de que la Ley de Aguas, redactada por el catedrático Don Antonio Rodríguez de Cepeda, según él mismo manifestó, era la transcripción de las ordenanzas de las comunidades de regantes de Valencia y Murcia. Y añadía: «Cuando en el estudio de esta Ley de aguas no sabía encontrar una solución, cerraba mis papeles y me iba al campo a preguntar a los labradores que estaban regando qué hacían en ésta o en otra ocasión, y los apuntes de lo que los labradores me contestaban lo transcribía posteriormente al Proyecto de Ley». Es pues nuestra Ley de Aguas de 1879 una Ley total y absolutamente consuetudinaria, nacida de la costumbre de los regantes de la Huerta de Valencia. Y tenemos que tributar nuestro homenaje de admiración a aquel gran Catedrático de la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, Don Antonio Rodríguez de Cepeda, quien tuvo la humildad, él con toda su ciencia, de irse a preguntar doctrina de riego a los simples labradores regantes de la Huerta, posiblemente analfabetos en aquellos tiempos, convirtiendo a éstos en maestros o catedráticos suyos y siendo él, el verdadero Catedrático, un simple alumno que está tomando notas de la lección que le explicaba el labrador convertido éste en maestro del regadío; y luego estas notas, transcritas al papel y numeradas, con la firma del Rey de España Don Afonso XII, fueron convertidas en Leyes para todos. Fue el Sr. Rodríguez de Cepeda, pero también el regante de la Huerta de Valencia, quienes redactaron la primera Ley de Aguas que hubo en un país de Europa.

Acuarela del Tribunal de las Aguas del artista valenciano Enersto Furió

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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